CUADRO COMPARATIVO NEGOCIACIÓN, MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN LUIS TACURI 5to B
TACURI SALAZAR LUIS FERNANDO 5to "B"
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NEGOCIACIÓN
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MEDIACIÓN
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CONCILIACIÓN
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SEMEJANZAS
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ü Resuelven
un conflicto
ü Encaminadas
a evitar un proceso judicial
ü Basados
en libre autodeterminación de ambas partes para sujetarse a estos métodos
ü Confidencialidad
conforme al cual no debe divulgarse lo ocurrido dentro de los procesos de
mediación, conciliación o de justicia restaurativa, excepto con el
consentimiento de todos los participantes o involucrados.
ü Neutralidad
en cuanto a que los mediadores-conciliadores y facilitadores, no deben hacer
alianza de ninguna naturaleza con los interesados en los métodos.
ü No
se debe actuar a favor o en contra de alguno de los participantes en los
métodos.
ü Condiciones
de igualdad con responsabilidad y ponderación, para llegar a un equilibrio
entre las prestaciones, intereses y necesidades de los interesados..
ü Tienen
como límites la ley, la moral y las buenas costumbres
ü Sesiones
orales sin dejar constancia ni registro alguno de las declaraciones o
manifestaciones de las partes
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DIFERENCIAS
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ü Las partes
llegarán a una solución sin la existencia de un tercero que solucione el
conflicto
ü Es un proceso
de comunicación dinámico, en mérito del cual dos o más parte tratan de
resolver sus diferencias e intereses en forma directa a fin de lograr con ello
una solución que genere mutua satisfacción de intereses.
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ü No propone
ni decide, contrastan sus respectivas pretensiones tratando de llegar a un
acuerdo que elimine la posible contienda judicial.
ü La mediación
no se encuentra regulada por la ley.
El mediador puede ser cualquier persona Fomenta el acuerdo de la palabra. El mediador no tiene facultad para proponer opciones de solución al conflicto, sólo es un facilitador de la comunicación y evita mayor conflictividad entre ellas. |
ü Trata de
lograr que las partes logren una solución satisfactoria y voluntaria al conflicto,
pero nunca ofreciéndola o imponiéndola.
ü El conciliador
eventualmente propone fórmulas de solución no obligatorias que ayuda a las
partes a llegar a un acuerdo.
El conciliador deberá ser un funcionario público, administrativo, judicial. Requiere un acuerdo escrito (acta de conciliación). |


Muy bien Luis, tu trabajo será evaluado
ResponderEliminarkyc profe :v
Eliminargracias mucho mejor k mi libro :v
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